Normativa

Acuerdo secretarial 717 y 11/06/24


Acuerdo 717 

Son lineamientos para formular los programas de gestión escolar

Capítulo I

  • Establecer normas a seguir por las autoridades educativas locales y municipales. 

  • Los lineamientos son de observancia obligatoria para dichas autoridades. 

Capítulo II

  • Tercero: Se establecen normas obligatorias para las autoridades educativas locales y municipales para una gestión escolar que fortalezcan la autonomía de las escuelas de educación básica, se deben ejecutar programas de acción. 

  • Cuarto: Todos los programas o acciones que a iniciativa de las autoridades educativas locales y municipales se generen, tendientes a fortalecer la autonomía de gestión de las escuelas, antes de proponerse a éstas, deberán ser presentados para su análisis y validación por parte del Comité Técnico Local para la Educación Básica, órgano colegiado que la propia Autoridad Educativa Local formalice como instancia de coordinación ejecutiva para apoyar la toma de decisiones y dar seguimiento a la gestión local de la política para la educación básica. Dichos programas o acciones deben darse a conocer a las escuelas con toda oportunidad.

  • Quinto. Los programas y acciones generados por las autoridades educativas locales y municipales deberán evitar que la escuela sea el sitio de descarga de iniciativas públicas, sociales y privadas.

  • Sexto: asegurar contar con los rasgos básicos: brindar servicio educativo todos los días establecidos, disponer de maestros, inició puntual de actividades por parte de los docentes, que los alumnos asistan puntualmente a clases, disminución de rezago y abandono escolar, acceso, permanencia y egreso de educación básica, desarrollo de buena convivencia, fortalecimiento de participación social, fortalecimiento de la supervisión escolar, fortalecimiento de consejos técnicos escolares y de zona, descarga administrativa y fortalecimiento de evaluación. 

Capítulo III

  • séptimo: Los programas y acciones deberán garantizar que los miembros de la comunidad escolar tengan acceso a los resultados de las evaluaciones externas que se desarrollen, y deberán desplegar acciones de asistencia técnica y brindar herramientas al Consejo Técnico Escolar para apoyar la comprensión y sistematización de los resultados de las evaluaciones.

  • octavo: Los programas y acciones para el fortalecimiento de la autonomía de gestión escolar deberán apoyar a la escuela con mecanismos y estrategias para atender sus procesos de evaluación internos, atendiendo el aprendizaje, la evaluación con equidad y la gestión escolar.

  • Noveno: En materia de evaluación y uso de sus resultados, los programas y acciones para el fortalecimiento de la autonomía de gestión escolar deberán atender la contribución del desarrollo de directivos y docentes, asegurar evaluaciones, generar procesos de intervención y generar resultados de evaluación para el desarrollo de planeación anual. 

Capítulo IV

  • Desarrollo de una planeación de actividades para generar el fortalecimiento de la autonomía de gestión escolar con una ruta de mejora sin que se sujete a una metodología específica, estas actividades también deben fortalecer la autonomía de gestión escolar que brindan apoyo a la escuela y logre su ruta de mejora, también deben orientar a la escuela para la inclusión de los elementos básicos de mejora. 

Capítulo V

De la administración, transparencia y rendición de cuentas de los recursos. 

  • Se deben desarrollar mecanismos para garantizar que la escuela administre de forma transparente y eficiente los recursos para mejorar su infraestructura, materiales educativos.

Capítulo VI

De las condiciones de participación de docentes, padres de familia y alumnos en la resolución de los retos que cada escuela enfrenta. 

  • Deberán generar los compromisos y mecanismos de apoyo para que los Padres de Familia participen de manera corresponsable en la mejora de los aprendizajes de todos los educandos, en garantizar la asistencia de sus hijos a la escuela, en disminuir o erradicar los índices de reprobación y deserción escolar.

  •  Las autoridades educativas locales y municipales generarán los programas y acciones pertinentes para apoyar al Consejo Técnico Escolar y lograr que éste involucre activamente la participación de todos los docentes.

 

Acuerdo 11/06/24


¿Qué se gestiona dentro de una primaria?

Va dirigido a autoridades locales (director, supervisión) se armoniza los que tiene que ver la constitución y la ley general de la educación art. 3ro y 123

Acuerdo 110624 donde se emiten los lineamientos de administración escolar 


  • Artículo 1ero. Regulación de la gestión escolar.

  • Artículo 2 do. De acuerdo al artículo 123 de la Ley General de Educación se tienen varios objetivos: uso de resultados de evaluación para una retroalimentación, desarrollo de planeación anual de actividades, transparencia y eficiencia de recursos para mejorar su infraestructura.

  • Artículo 3ro. Comprender iniciativas, acciones, programas, proyectos y estrategias que promuevan las autoridades educativas locales y municipales.

toca las dimensiones comunitaria, áulica

  • Artículo 4. Son lineamientos obligatorios para autoridades educativas como: acompañamiento pedagógico que realiza el personal con funciones de supervisión, administración escolar que permiten organizar, planificar, dirigir, coordinar y gestionar los recursos y las actividades de una Escuela con el fin de alcanzar sus metas y objetivos.


5 capítulos y 25 artículos 

  • Artículo 12. Es de corte anual en cada primaria, se hace un seguimiento cuantitativo. se da seguimiento cuando es medible. programa de mejora continua de la escuela. el diagnostico se hace mediante el sistema sintético, para hacer un plan analítico realizando una lectura de la realidad (macro, meso y micro) 

Capítulo 4

  • Artículo 18. Crear espacios escolares dignos y seguros que tengan acceso adecuado a recursos educativos, servicios básicos.





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